El pasado lunes 16 de noviembre se publicó la primera versión de la Carta de Derechos Digitales y se abrió una consulta pública para que los ciudadanos, las asociaciones civiles y las empresas hagan sus aportaciones. No es un texto normativo (no es una ley ni mucho menos una constitución digital), sino un texto descriptivo, prescriptivo y prospectivo en el que se pretenden recoger los derechos más importantes en el entorno digital.

La mayoría de ellos no son nuevos derechos, sino la adaptación al entorno digital de los derechos que ya están reconocidos en la Constitución, con la previsión de las medidas necesarias para garantizar su libre ejercicio en el nuevo entorno. Hay algunos que sí se pueden considerar nuevos, porque no están recogidos en la Constitución (el derecho a la identidad digital o el derecho al pseudonimato), y también se recogen nuevos mecanismos para garantizar derechos existentes.

Fuente: retina.elpais.com

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