El objeto de la subvención es fomentar el desarrollo de nuevos proyectos en empresas de nueva creación o ya existentes con el fin de aumentar la productividad y competitividad de las mismas. Salvo el caso de los proyectos de empresas de nueva creación, las empresas han de contar con uno o más empleados en el momento de presentar la solicitud (empleados por cuenta ajena). Para proyectos de tipo A), creación de empresas, si se trata de un autónomo titular de la empresa que se da de alta como tal entre el 17 de octubre del año anterior a la convocatoria y la terminación del plazo para realizar y justificar la subvención, dicho empleo se computará como creación de empleo.

En caso de creación de empleo se deberán mantener durante un periodo mínimo de un año contado a partir de la resolución de concesión definitiva. Esta creación de empleo debe de efectuarse entre el 17/10/2019 y la terminación del plazo para realizar y justificar la subvención, no computándose el primer empleado exigido para ser beneficiario en los proyectos de tipos B y C.

Sectores incentivables: Industria, construcción, turismo, comercio, transportes y de servicios en general.

Proyectos Subvencionables:

  1. Creación de una empresa.
  2. Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente.
  3. Apoyo a la innovación en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial

Fuente: www.gobiernodecanarias.org

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