Nos referimos con empresa emergente a aquella empresa que es de nueva creación o que tiene como máximo cinco años de vida o siete, en caso de que se trate de empresas del sector biotecnológico, energético o industrial.

La ley de Startups considera que las empresas emergentes, además de haberse constituido de manera reciente, también deben tener sede social en España o un porcentaje mayoritario de la plantilla con contrato en España.

A su vez, este tipo de empresas deben desarrollar un proyecto emprendedor, innovador y escalable y no cotizar en un mercado regulado ni haber distribuido dividendos. La ley también indica que las empresas emergentes son aquellas que no han alcanzado un volumen de negocio superior a los diez millones de euros.

Fuente: cincodias.elpais.com

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