Es muy habitual que los medios de comunicación publiquen todo tipo de fotografías y vídeos obtenidos de las redes sociales. Pero a partir de ahora, estos tendrán que solicitar y obtener el permiso expreso de los dueños de los perfiles para poder utilizar esas imágenes. Esa es la conclusión, casi siete años después, que ha establecido el Constitucional, confirmando una sentencia contra el diario La Voz de Zamora .

Los hechos se remontan a una publicación de dicho diario que usó para su artículo fotografías obtenidas de un perfil de Facebook. El propietario de la cuenta demandó al medio justificando que el artículo contenía datos personales y familiares que permitían identificarle.

Tras una primera condena, el diario recurrió en amparo del Tribunal Constitucional, alegando el derecho a comunicar libremente información veraz por cualquier medio de difusión. Por primera vez, el Tribunal de Garantías abordaba esta cuestión, con una sentencia en la que confirma la condena a un periódico por la vulneración del derecho a la imagen.

En el caso de Facebook, el Constitucional destaca que la información ofrecida en esta red social está inmersa en «una maraña de cláusulas contractuales” y que por tanto el ciudadano medio desconoce el contenido real y consecuencia del otorgamiento de las autorizaciones pertinentes para el uso de dicha plataforma.

Fuente: www.genbeta.com

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